Deniegan la prejubilación a un controlador que la pidió antes del Decreto Ley
Dejó en suspenso este derecho
MADRID, 14 Sep. (EUROPA PRESS) –
El Juzgado de lo Social número 33 de Madrid ha denegado a un controlador aéreo acogerse a la Licencia Especial Retribuida (LER), que permitía la prejubilación a los 52 años con el salario íntegro, a pesar de haberla solicitado antes de la aprobación del Real Decreto de 5 de febrero que dejó en suspenso este derecho durante los próximos tres años.
Según explica la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el controlador, que cursó su solicitud el 30 de noviembre de 2009 para acogerse al LER el 31 de marzo de 2010, podía acceder a esta prejubilación “en el periodo entre los 100 y 200 días siguientes a realizar su solicitud y dado que en ese momento el derecho ya estaba suspendido, no puede reivindicarse con éxito”.
Además, el juez considera que la petición del controlador “se vio afectada por la nueva regulación legal de este tipo de licencias y su correspondiente suspensión”, ya que el propio Real Decreto especificó que la norma afectaría a todos aquellos controladores que no se hubieran incorporado a esta licencia antes del 5 de febrero.
Esta sentencia, contra la que cabe recurso, es la primera dictada a favor de AENA y que recuerda que el derecho de acogerse a la LER quedó suspendido por el Real Decreto Ley que modificó las condiciones laborales del colectivo sin que pueda producirse una nueva incorporación.
El pasado mes de mayo, la Audiencia Nacional rechazó la demanda presentada por los controladores contra el Real Decreto que modificó sus condiciones de trabajo. El Congreso aprobó en marzo fijar la edad máxima en activo de un controlador aéreo en 57 años y eliminar la posibilidad de hacerlo a petición propia desde los 52 años, cobrando un salario base medio de 170.000 euros.
La sentencia dictada recuerda que la Audiencia Nacional concluyó que mantener dicha licencia “haría más vulnerable el servicio público de tránsito aéreo en el que la escasez de controladores constituye un mal endémico resultando inadmisible que controladores con más de 52 años de edad (…) pudiera dejar de prestar servicios con derecho a sus retribuciones fijas”.