Usando a Franco contra los controladores
Ayer tuve dudas de si Libertad Digital estaría gastándose una inocentada con retraso al dar esta noticia servida por Efe, en la que explica que la Fiscalía de Madrid ha presentado denuncia por un delito de sedición contra los controladores “en general”. Lo de que el ministerio público denuncie a todo un colectivo por un delito tan grave, sin distinguir a los ATC que hicieron huelga de los que no, me parecía algo tan increíble que me fui a El País para contrastarlo. ¡Y resulta que el diario de PRISA dice lo mismo! Flipante. Pero ¿por qué no denunciar a todos los controladores morenos, o a los bajitos, a los calvos o a los que llevan gafas? Parecerá absurdo, pero incluso así no se estaría cometiendo un atropello tan enorme como es denunciar a todo un colectivo profesional por lo que ha hecho sólo una parte.
Pero además del disparate de esa acusación indiscriminada, hoy me dio por comprobar si el ejecutivo y sus tentáculos judiciales están exagerando o no al acusar a los ATC de un delito de sedición. Esto es lo que dice el Artículo 544 del Código Penal:
“Son reos de sedición los que, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales.”
El texto en negrita lo he marcado yo a propósito, porque lo que significa es que para que haya delito de sedición tiene que haber un alzamiento público y con tumultos, es decir, un alboroto o un motín. A los huelguistas del 3 de diciembre se les podrá acusar de una huelga ilegal encubierta, incluso de incumplir sus deberes profesionales al ausentarse de sus puestos de trabajo apelando a bajas fingidas. Pero ¿causar baja sin estar enfermo es un motín? ¿Es eso un alzamiento público y tumultuoso, acaso? No sé, a lo mejor ahora resulta que por alzamiento ya no se entiende un motín, sino el mero hecho de levantarse de una silla. Cosas más disparatadas nos han soltado ya este gobierno y sus apéndices.
El caso es que leyendo la web de la BBC me encuentro con estas declaraciones de Cándico Conde-Pumpido que, por lo visto, respaldan esta insólita actuación de la Fiscalía de Madrid:
“El abandono colectivo de un aeropuerto, con la paralización del tráfico aéreo es un delito muy grave penado en la ley de navegación aérea con una sanción de prisión de entre tres y ocho años.”
Nuevamente, la negrita la he marcado yo. A lo que se refiere el Fiscal General es a la Ley 48/1960 de 21 de julio, sobre Navegación Aérea. Como indica el título, es una ley promulgada en 1960 y por tanto, preconstitucional. El 9 de diciembre, El País publicó un artículo de Alfonso Villagómez Cebrián, magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, denunciando el carácter inconstitucional de dicha ley, que según el juez “puede haber quedado fuera del ordenamiento juridico democrático”. Para encontrar el texto de esa norma he ido a Google y me he encontrado con una referencia en la web de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, dependiente del Ministerio de Fomento que dirige José Blanco. Allí hay un enlace a un PDF que contiene esa ley, que termina exactamente de la siguiente forma (mayúsculas incluidas):
“Dada en el Palacio de El Pardo a veitiuno de julio de mil novecientos sesenta.
FRANCISCO FRANCO”
No deja de ser irónico ver utilizando sin reparo leyes de la dictadura a un gobierno que ha presumido de un facilón antifranquismo postfranquista, que ha apelado a la “memoria histórica” para retirar insignias de la dictadura en todo tipo de edificios, que ha renombrado calles y que incluso ha hecho algo tan abusivo como ordenar el cierre de una basílica católica por el mero hecho de estar allí enterrado el anterior Jefe del Estado. Empiezo a pensar que lo que le molesta a este gobierno del anterior régimen es su simbología y otros elementos accesorios, pero no su forma de entender el poder y de tratar las libertades.
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