AENA, Fomento y el ministerio de Trabajo denunciados formalmente ante la Comisión Europea
Aviaciondigit@l. 15/10/12
Cuando un sistema de aviación se muestra ineficaz, son los profesionales y la sociedad civil los que se ven obligados a tapar el agujero del queso «resoniano». Este es el motivo por el que las asociaciones ATC Petition y AVJK5022 solicitan a IATA el retorno de los sistemas de gestión de tráfico aéreo en España al marco legal de Cielo Único Europeo. La «campaña» que culminó con el cierre del espacio aéreo en España, opinan estas organizaciones civiles, hacen que en nuestro país exista una incompatibilidad con la normativa del SES en un momento crítico para su desarrollo. Alguien debe aclararar si esto es así o no.
La larga lucha de la asociación ATC Petition con el fin de recobrar un marco laboral para los controladores compatible con la normativa de Cielo Único Europeo ha dado un nuevo paso en Europa.
A la investigación 331/10, abierta por el Parlamento Europeo con anterioridad, se une ahora la solicitud formal de apertura de investigación contra España por incumplimiento reiterado y consciente de la directiva 89/391 CEE.
http://www.youtube.com/watch?v=mdD8_ZpJph8
La tesis sobre la existencia de «ordenes de Estado» contra los controladores aéreos incompatibles con la normativa comunitaria contra los controladores aéreos se ha convertido en una realidad contrastable tras ver la luz el documento oficial del ministerio de Trabajo -fechado en junio de 2010- con directrices para dejar sin efecto aspectos esenciales de la directiva europea 89/391 CEE.
ATC Petition, con apoyo de la Asociación de Víctimas AVJK5022, ha puesto al corriente de estas órdenes a importantes organismos a nivel mundial ligados con la aviación comercial. El Sr. Gurtenne -secretario general de Lloyds Aviation; el mayor asegurador aeronáutico de Europa- recibió personalmente los documentos entregados por los controladores españoles en Londres. Lo mismo ocurrió con el secretario general de la Asamblea Mundial de Aseguradores Aeronáuticos ,IUAI, con sede en la City. Otras organizaciones visitadas por los controladores han sido IFALPA (central a nivel mundial de las asociaciones de pilotos) y el Consejo WTTC (Consejo Mundial de Asociaciones de Empresas Turísticas).
AD acompañó al vicepresidente y al director del departamento de seguridad operacional de ATC Petition siendo testigo en Londres de estos encuentros.
¿Qué ha conseguido AENA tras dejar sin efecto aspectos esenciales de la directiva 89/391CEE?
Hasta febrero de 2010 AENA no podía programar más de 15 turnos de trabajo/mes a un controlador (mañana, tarde o noche) sin consentimiento de este. Con las nuevas medidas, sin embargo, AENA llegó a programar hasta 31 turnos haciendo uso de los ¨zulús¨ (turnos de mañana y noche el mismo día)
Hasta febrero de 2010 AENA podía programar un máximo de 3 turnos consecutivos de trabajo -mañana, tarde y noche- a un controlador sin consentimiento. Después de dejar sin efecto la directiva programó 29 turnos consecutivos (Madrid) ó 17 turnos consecutivos (Sevilla ) a controladores sin consulta.
La empresa pública ha pasado de poder exigir sin necesidad de consulta al controlador 1.200 horas/año -cifra acorde al estándar para otros proveedores de control en Europa – a programar 1670 horas/año ,con descansos reducidos, sin consulta ni consentimiento (equivalente a 1803 horas en I CCP) y bajo amenaza de despido.
Pero no todo ha sido positivo para AENA. Como no podía ser de otra manera, AENA ha conseguido posicionarse a partir de 2010 a la cabeza del ranking de incidentes de extrema gravedad registrados por Eurocontrol en los 32 países en los que esta agencia europea está presente: 47 cuasicolisiones aéreas en España por 4 en Alemania y 0 en Inglaterra. -datos de los primeros doce meses de aplicación de la nueva normativa-. Igualmente AENA ha tenido el dudoso honor de ser el primer proveedor de Europa investigado por el Parlamento Europeo tras la denuncia masiva de sus empleados.
¿Qué importancia tienen los documentos aportados por los controladores?
Estos documentos podrían provocar un cambio brusco en la investigación sobre el cierre del espacio aéreo ocurrido en diciembre de 2010 de demostrarse que la administración española maniobró para dejar sin efecto normativa comunitaria vinculante para AENA.
El ente público AENA podría ser forzado a restituir a los controladores los derechos que la directiva les reconoce. Igualmente los controladores podrían, en vía interna, demandar al Estado -como empleador- por los daños sicofísicos que la falta de aplicación de la directiva europea pudiese haberles causado.
Sello de entrada de la documentación en la sede central de Lloyds-Aviation (Londres).
Sello de entrada de los documentos ante la sede de la Comisión en España.
http://www.aviaciondigitalglobal.com/noticia.asp?NotId=20027&NotDesignId=4