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Hola podéis recordar cual fue el último puesto que entró el año pasado?
Me he quedado fuera por poco este año y es por animarme un poco
Gracias
Hola podéis recordar cual fue el último puesto que entró el año pasado?
Me he quedado fuera por poco este año y es por animarme un poco
Gracias
Buenas!
Pues mira, entraban si no recuerdo mal los 114 primeros, y creo que van ahora por el 125 aprox (todavía llaman a gente).
Ten en cuenta que primero vienen las plazas de los controladores en excedencia que no reingresan, luego los que renuncian directamente, los que no pasan CIMA, y los que pudieran causar baja durante la habilitación.
No sé por cuanto te quedaste fuera, digamos que si estás entre los 10 primeros de ¨reserva¨, te veo muchas posibilidades de entrar, ya sea ahora o en unos meses.
En todo caso muchísimo ánimo, de verdad, sé lo que se siente muy bien (yo fuí de los que entró en ¨repesca¨) y lo mal que se pasa durante semanas dándole vueltas.
Saludos!
Hola podéis recordar cual fue el último puesto que entró el año pasado?
Me he quedado fuera por poco este año y es por animarme un poco
Gracias
Buenas!
Pues mira, entraban si no recuerdo mal los 114 primeros, y creo que van ahora por el 125 aprox (todavía llaman a gente).
Ten en cuenta que primero vienen las plazas de los controladores en excedencia que no reingresan, luego los que renuncian directamente, los que no pasan CIMA, y los que pudieran causar baja durante la habilitación.
No sé por cuanto te quedaste fuera, digamos que si estás entre los 10 primeros de ¨reserva¨, te veo muchas posibilidades de entrar, ya sea ahora o en unos meses.
En todo caso muchísimo ánimo, de verdad, sé lo que se siente muy bien (yo fuí de los que entró en ¨repesca¨) y lo mal que se pasa durante semanas dándole vueltas.
Saludos!
Gracias por contestar. Si, he leído que hubieron 99 plazas y llegaron hasta el 114. Eso a que es debido? Luego me quedo un poco loco con lo que sigan llamando. Es así eso?. La verdad que este año han quedado muy pocos sin plaza, creo que unos 25.....
un saludo
¡Buenas!
¿Sabéis como gestionan el tema de los destinos cuando corre la lista?
Es decir, ¿qué destino le ofrecena a los de la "repesca"? Porque se podría dar el caso que tuviera un destino "mejor" que alguien que hubiera entrado a la primera.
Un saludo.
¡Buenas!
¿Sabéis como gestionan el tema de los destinos cuando corre la lista?
Es decir, ¿qué destino le ofrecena a los de la "repesca"? Porque se podría dar el caso que tuviera un destino "mejor" que alguien que hubiera entrado a la primera.
Un saludo.
Pues efectivamente. Se oferta el que queda libre
Buenas Looney,
¿esto no iría en contra de las bases?, donde pone:
'De producirse el desistimiento de un candidato seleccionado en el periodo que media entre la publicación de los destinos adjudicados y la oferta de un contrato o, en su caso, la oferta para la formalización de un contrato, a tenor de lo establecido en la base 10, el destino que le hubiere sido adjudicado se volverá a ofertar a todos aquellos seleccionados que le sigan de acuerdo con el orden o ranking determinado'
Ya que se daría en caso que alguien no seleccionado acabe con un destino preferente de alguien seleccionado en primera instancia.
Un saludo.
Buenas Looney,
¿esto no iría en contra de las bases?, donde pone:
'De producirse el desistimiento de un candidato seleccionado en el periodo que media entre la publicación de los destinos adjudicados y la oferta de un contrato o, en su caso, la oferta para la formalización de un contrato, a tenor de lo establecido en la base 10, el destino que le hubiere sido adjudicado se volverá a ofertar a todos aquellos seleccionados que le sigan de acuerdo con el orden o ranking determinado'
Ya que se daría en caso que alguien no seleccionado acabe con un destino preferente de alguien seleccionado en primera instancia.
Un saludo.
Vamos a ver, depende de cuándo se produzca el desistimiento. Como te referías a "repesca", entiendo que te refieres a una vez adjudicados los destinos.
Si es el caso, y se ha firmado precontrato, los destinos son definitivos. Es injusto, sí, pero ya ha pasado en las dos últimas convocatorias. Gente en el 12x a LECB, por ejemplo.
Si se desiste cuando todavía no se ha cerrado el plazo puede que la cosa sea distinta
Buenas Looney,
no es que sea injusto, es que va en contra de las bases.
Entre el punto 10 y 11 creo que queda claro, en el 11 indica:
'De producirse el desistimiento de un candidato seleccionado en el periodo que media entre la publicación de los destinos adjudicados y la oferta de un contrato o, en su caso, la oferta para la formalización de un contrato, a tenor de lo establecido en la base 10, el destino que le hubiere sido adjudicado se volverá a ofertar a todos aquellos seleccionados que le sigan de acuerdo con el orden o ranking determinado'
En primer lugar habla de "seleccionados", y en segundo lugar el periodo estipulado es entre la publicación de destinos y la oferta de contrato, es decir, cuando ya se tenga la licencia (tal como se explica en el punto 10).
Sé que es mucho trabajo para la Dirección de Personas, pero también es mucho trabajo rascar dos o tres puntos para subir en la lista y que finalmente un compañero con menos puntos obtenga un destino que sea preferido por otro con más puntos.
El caso de pasar de "haber superado el proceso de selección" a ser seleccionado se explica al final del punto 10, y se entiende que si bien esa persona pasa a ser seleccionado también pasa a ocupar la posición que le corresponde en el ranking (la última).
Un saludo.
Buenas Looney,
no es que sea injusto, es que va en contra de las bases.
Entre el punto 10 y 11 creo que queda claro, en el 11 indica:
'De producirse el desistimiento de un candidato seleccionado en el periodo que media entre la publicación de los destinos adjudicados y la oferta de un contrato o, en su caso, la oferta para la formalización de un contrato, a tenor de lo establecido en la base 10, el destino que le hubiere sido adjudicado se volverá a ofertar a todos aquellos seleccionados que le sigan de acuerdo con el orden o ranking determinado'
En primer lugar habla de "seleccionados", y en segundo lugar el periodo estipulado es entre la publicación de destinos y la oferta de contrato, es decir, cuando ya se tenga la licencia (tal como se explica en el punto 10).
Sé que es mucho trabajo para la Dirección de Personas, pero también es mucho trabajo rascar dos o tres puntos para subir en la lista y que finalmente un compañero con menos puntos obtenga un destino que sea preferido por otro con más puntos.
El caso de pasar de "haber superado el proceso de selección" a ser seleccionado se explica al final del punto 10, y se entiende que si bien esa persona pasa a ser seleccionado también pasa a ocupar la posición que le corresponde en el ranking (la última).
Un saludo.
Hola Rhomeo,
Con el extracto de las bases que proporcionas, yo entiendo todo lo contrario. Habla de el periodo anterior a la oferta de contrato, o en su caso, la oferta para la formalización de un contrato, que es el término con el que se refiere en el resto del texto a esa "promesa de contrato" sujeta a la obtención de requisitos en 18 meses.
Es decir, entiendo que ese periodo en que la lista puede correr se limita hasta el momento en el que firmas que aceptas la plaza que te haya tocado en primera instancia, tengas licencia ya o no. Por tanto, entiendo que si se producen renuncias o bajas a posteriori, la lista no corre y cada uno se queda con su destino, adjudicando el destino liberado al primero de la "lista de espera" sea el que sea. Tampoco me parece del todo justo, pero es lo que entiendo yo de la lectura de esas bases.
Un saludo!
Buenas,
se podría entender así si en las bases no se hiciera hincapié en lo de "seleccionados", ya que los de la lista de espera son "no seleccionados", esto viene en las mismas bases. En el punto 10 de las bases no se habla en ningún momento de "promesa de contrato", si no que las dos distinciones son referentes a los que poseen la licencia (a los que sí se les ofrece directamente un contrato) y los que no la tienen (a los que "La Entidad les ofertará la formalización de un contrato de trabajo una vez hayan acreditado los requisitos necesarios").
Un saludo.
Buenas,
se podría entender así si en las bases no se hiciera hincapié en lo de "seleccionados", ya que los de la lista de espera son "no seleccionados", esto viene en las mismas bases. En el punto 10 de las bases no se habla en ningún momento de "promesa de contrato", si no que las dos distinciones son referentes a los que poseen la licencia (a los que sí se les ofrece directamente un contrato) y los que no la tienen (a los que "La Entidad les ofertará la formalización de un contrato de trabajo una vez hayan acreditado los requisitos necesarios").
Un saludo.
De ser como tú dices, no habría diferencia alguna entre "oferta de contrato" y "oferta de formalización de contrato", con lo que no tendría sentido esta diferenciación en la redacción de las bases. Yo entiendo que la oferta de contrato se realiza a la gente con todas las licencias, mientras que la oferta de formalización de contrato se ofrece a la gente sin ellas, ambas tras finalizar la adjudicación inicial de destinos.
En ese caso, efectivamente se ofrece la plaza a los seleccionados que son los 133-134 que aparecen como tal en el listado de Enaire, antes que a los no seleccionados, dado que los seleccionados aún no habrían firmado nada. Reitero que yo entiendo que en el momento en que firmas con Enaire, ya sea contrato o precontrato sujeto a obtención de licencia, esa plaza es la tuya aunque alguien por encima en el ránking libere alguna.
De todas formas esto son simplemente diferentes interpretaciones que estamos haciendo del mismo texto. Creo que la manera de saber la interpretación que le daría Enaire, que sería la que cuenta, es contactar directamente con ellos.
Un saludo.
Buenas,
se podría entender así si en las bases no se hiciera hincapié en lo de "seleccionados", ya que los de la lista de espera son "no seleccionados", esto viene en las mismas bases. En el punto 10 de las bases no se habla en ningún momento de "promesa de contrato", si no que las dos distinciones son referentes a los que poseen la licencia (a los que sí se les ofrece directamente un contrato) y los que no la tienen (a los que "La Entidad les ofertará la formalización de un contrato de trabajo una vez hayan acreditado los requisitos necesarios").
Un saludo.
De ser como tú dices, no habría diferencia alguna entre "oferta de contrato" y "oferta de formalización de contrato", con lo que no tendría sentido esta diferenciación en la redacción de las bases. Yo entiendo que la oferta de contrato se realiza a la gente con todas las licencias, mientras que la oferta de formalización de contrato se ofrece a la gente sin ellas, ambas tras finalizar la adjudicación inicial de destinos.
En ese caso, efectivamente se ofrece la plaza a los seleccionados que son los 133-134 que aparecen como tal en el listado de Enaire, antes que a los no seleccionados, dado que los seleccionados aún no habrían firmado nada. Reitero que yo entiendo que en el momento en que firmas con Enaire, ya sea contrato o precontrato sujeto a obtención de licencia, esa plaza es la tuya aunque alguien por encima en el ránking libere alguna.
De todas formas esto son simplemente diferentes interpretaciones que estamos haciendo del mismo texto. Creo que la manera de saber la interpretación que le daría Enaire, que sería la que cuenta, es contactar directamente con ellos.
Un saludo.
No son interpretaciones, son hechos, o al menos así lo son para las 2 convocatorias previas.
Hola a todos.
En relación al tema este de las plazas que quedan disponibles de las inicialmente adjudicadas, ahí va mi opinión.
Las bases contemplan dos periodos diferentes en los que se puede producir el desistimiento:
Periodo 1: el que está comprendido entre la publicación de los destinos y la oferta de contrato (o de formalización de contrato) a los aptos de la convocatoria que han conseguido plaza.
Periodo 2: el que está comprendido entre el momento en que se formaliza el contrato (o el compromiso de que en un plazo máximo de 18 meses se cumplirán las condiciones para la contratación) y la finalización del plazo para presentar la documentación (1 mes si ya tienes licencia o 18 meses si aún no la tienes).
¿Qué ocurre si se "libera" una plaza en cada uno de esos periodos?
Periodo 1: viene regulado en el punto 11 de las bases de la convocatoria. Este punto regula el proceso de adjudicación de destinos. El párrafo que nos interesa, que ya ha sido mencionado por @rhomeo unos mensajes más arriba, es el siguiente:
De producirse el desistimiento de un candidato seleccionado en el periodo que media entre la publicación de los destinos adjudicados y la oferta de un contrato o, en su caso, la oferta para la formalización de un contrato, a tenor de lo establecido en la base 10, el destino que le hubiere sido adjudicado se volverá a ofertar a todos aquellos seleccionados que le sigan de acuerdo con el orden o ranking determinado.
Es decir, si durante el periodo 1 alguien renuncia, por ejemplo el que estaba en el puesto 42, se produciría una readjudicación de destinos desde el puesto 43 en adelante, teniendo en cuenta esa plaza que ha quedado disponible, por lo que podría darse el caso de que algún candidato mejore el destino que se le había adjudicado inicialmente (siempre según las preferencias de cada uno, evidentemente).
Periodo 2: viene regulado en el punto 10 de las bases de la convocatoria. Este punto regula la incorporación a ENAIRE, es decir, una vez ofertado el contrato (o la oferta de formalización), qué plazos hay para presentarse en destino, qué documentación hay que presentar y qué trámites hay que cumplir. Para el caso que nos ocupa, la información de interés viene en el penúltimo párrafo de este punto, que dice:
En el caso de que se produzca el desistimiento de un candidato seleccionado o concurran cualesquiera de las circunstancias descritas en los apartados anteriores de esta base que o bien impidan la suscripción del contrato o bien conlleven la extinción del mismo respecto de alguno de los candidatos seleccionados, se procederá a ofertar el puesto al primer candidato que, habiendo superado el proceso de selección, no hubiere resultado seleccionado. Una vez que se haya procedido a la cobertura definitiva de los puestos convocados de acuerdo con lo establecido en la base 1 no se producirá ninguna nueva oferta, dejando de tener efecto alguno la relación de candidatos que, superado el proceso selectivo, no hayan resultado seleccionados.
Es decir, si ya estamos dentro del plazo de 1 mes/18 meses (según se tenga o no se tenga licencia) para presentar la documentación e incorporarse al destino, si se "libera" una plaza (porque se suspende el curso, porque no te habilitas en destino, porque renuncias voluntariamente, porque no presentas la documentación en plazo o por la razón que sea), los destinos del resto de seleccionados de la convocatoria no se modifican. Esa plaza se le ofrece al primer apto que haya quedado sin plaza en la convocatoria (en la actual, sería el puesto 135... o 134 según lo que ocurra con el excedente que estaba pendiente de incorporación).
Pues ya está el rollo soltado. Como digo, esta es sólo mi opinión que, tal y como comenta @looney, coincide con lo que ENAIRE ha venido realizando hasta ahora en las anteriores convocatorias.
Un saludo.
@saru, es tal como lo cuentas. Como dije más arriba, todo depende del momento.
La verdad es que no entiendo por qué Enaire no permite modificaciones incluso hasta la incorporación, pues muchos compañeros deciden un destino que luego, tras realizar el curso, se dan cuenta de que no les va tanto, por motivos varios.
Buenas @Saru ,
como comentas, en el punto 10 se explica lo que ocurre cuando alguien "abandona" y libera una plaza. Lo que no explica es lo que pasa con el destino, porque entiendo que una cosa el pasar de ser no-seleccionado a seleccionado y otra es el puesto que ocupas en el ránking.
Pero bueno, creo que queda poco para que veamos como lo resuelve Enaire este año.
¡Un saludo!